PARA LA ASIGNACIÓN DE UN SOLO A.T.O.

El afiliado deberá ser EMPRESA del sector que se comprometa a activar, o mejor si ya dispone de:

1) Plantas de estock para residuos especiales peligrosos y no peligrosos;

2) 3 medios de transporte que se destinen al servicio de micro-recogida;

3) 2 representantes en el territorio;

Además, la empresa colaboradora deberá:

1. pagar una cuota de entrada de 15.500,00 € como garantía del cumplimiento de las normas contractuales y para el beneficio del producto en franquicia;

2. Como previsto por la concesión en exclusiva de la zona citada (A.T.O.) el afiliado garantiza al afiliador una ganancia equivalente al 5% del valor del contrato y del valor de los excedentes relativos a los contratos;

3. garantizar un mínimo de contratos como en la tabla (valores en € ):


ATO de N.CONTR. 1¡ AÑO 2¡ AÑO VAL/MEDIO contr. € FACTURADO € % M.O.B. €
<= 500.000   600   774,69 464.814,00 15% 69.722,10
      400 774,69 309.876,00 15% 46.481,40
TOTAL 1.000     774.690,00 15% 116.203,50
      
>500.000   900   774,69 697.221,00 15% 104.583,15
      600 774,69 464.814,00 15% 69.722,10
TOTAL 1.500       1.162.035,00 15% 174.305,25


FICHA TECNICA DOCIONES TECNICAS MINIMAS DEL AFILIADO
TIPOLOGIAS DE LOS CONTRATOS RECURSOS PUESTOS A DISPOSICIÓN POR SPEDI



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