"PROYECTO 2000"
Contratos, que tienen el consenso de los productores y tienden a establecer una nueva relación con el cliente proveyendo: asesoramiento, asistencia administrativa y técnico-profesional para la gestión y la eliminación de los residuos según las nuevas y complejas disposiciones normativas.

"LOS SERVICIOS OFRECIDOS"
1. Suministro de todos los contenedores necesarios e idóneos para el depósito previo y el transporte de los residuos producidos, según las cantidades indicadas en el contrato con entrega en el establecimiento del cliente. Se excluye el contenedor para las baterías que se dará, a petición, en uso con una fianza de 155,00 €.

2. Dos recogidas y transportes, ejecutables en el año contractual, de los residuos producidos por el cliente.

3. Eliminación de los residuos.

4.
Clasificación de los residuos según lo dispuesto por el Decreto Legislativo 5 Febrero 1997, núm. 22 y sucesivas modificaciones y ampliaciones, en relación también con el decreto del Ministerio del Medio Ambiente 4 agosto 1998, núm. 372, con posible análisis de los residuos, cuando lo requieran las normas, efectuado por un licenciado en química e insrito en el Colegio Oficial.

5.
Cumplimentación del impreso de identificación de los residuos, según lo dispuesto por el decreto del Ministerio del Medio Ambiente 1 abril 1998, núm. 145, correctamente legalizado por la Oficina del Registro.

6.
Adquisición y legalización de un registro de entrada y salida de los residuos, de 100 páginas, según lo dispuesto por el decreto del Ministerio del Medio Ambiente 1 abril 1998, núm. 148, y entrega del mismo en establecimiento del cliente.

7.
Asesoriamento, a petición, sobre las modalidades de organización del "Depósito previo de los residuos" en el establecimiento del cliente.

8.
Recogida, en las oficinas, de la fotocopia del registro de entrada y salida de los residuos, de los impresos de identificación y de todos los documentos necesarios para rellenar el MUD. Los documentos deberán estar listos cuando se persone el encargado de la SPEDI s.r.l., al cual se avisará con cinco días de antelación. La no entrega de los documentos exonera la SPEDI s.r.l. de rellenar el MUD.

9.
Cumplimentación del MUD (Modello Único de Declaración), según lo dispuesto por la ley 70/94, entrega del mismo en el establecimiento del cliente para permitir su firma, el pago de los derechos y el envío a la Cámara de Comercio competente.

10.
Asunción de toda responsabilidad civil y penal de la teneduría del MUD, de la cumplimentación de los impresos de identificación, así como para el transporte y la eliminación de los residuos producidos en el establecimiento y trasladados a la SPEDI s.r.l.


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