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"GLOBAL"
Contratos,
que tienen el consenso de los productores y tienden
a establecer una nueva relación con el cliente proveyendo:
asesoriamiento, asistencia administrativa y profesional
para la gestión y la eliminación de los residuos según
las nuevas y complejas disposiciones normativas.
Los
servicios ofrecidos:
1.
Suministro de todos los contenedores necesarios e
idóneos para el depósito previo y el transporte de
los residuos producidos, según las cantidades indicadas
en el contrato con entrega de ellos en el establecimiento
del cliente.
2. Dos recogidas y transportes, ejecutables
en el año contractual, de los residuos producidos
por el cliente.
3. Eliminacion de los residuos.
4. Puesta al día semanal del registro
de entrada y salida de los residuos con 48
visitas del operario, excepto el mes de agosto.Los
datos para la puesta al día del registro los
deberá el productor preparar y taxativamente
proporcionar al operario de la SPEDI s.r.l.
en un impreso determinado firmado correctamente por
las partes. La no preparación de los datos exonera
al operario de la puesta al dìa.
5. Clasificación de los residuos según lo dispuesto
por el D.L. 5 febrero 1997, núm. 22 y siguientes modificaciones
y ampliaciones, en relación también con el decreto
del Ministerio del Medio Ambiente 4 agosto 1998, núm.
372, con posible análisis de los residuos, si lo riquieren
las normas, firmado por un licenciado en química e
inscrito en el Colegio Oficial.
6. Cumplimentación del impreso de identificación
de los residuos, según lo dispuesto por el decreto
del Ministerio del Medio Ambiente 1 abril 1998, núm.
145, correctamente legalizado por la Oficina del Registro.
7. Asesoramiento, a petición, sobre las modalidades
de organización del "Depósito previo de los residuos"
en el establecimiento del cliente.
8. Adquisición y legalización de un registro
de entrada y salida de los residuos, mínimo 50 páginas,
según lo dispuesto por el decreto del Ministerio del
Medio Ambiente 1 abril 1998, núm. 148, y entrega del
mismo en el establecimiento para la puesta al día
como establecido en el punto 4.
9. Cumplimentación del MUD (Modelo Único
de Declaración), según lo dispuesto por la ley 70/94,
entrega del mismo en el establecimiento del cliente
para permitir la firma, el pago de los derechos y
el envío a la Cámara de Comercio competente.
10. Asunción de toda responsabilidad civil
y penal de la teneduría del registro de carga y descarga
de los residuos, de la cumplimentación del MUD, de
la cumplimentación de los impresos de identificación,
del transporte y la eliminación de los residuos producidos
en el establecimiento y trasladados a la SPEDI
s.r.l.
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